Esta misma mañana se ha conocido la noticia que muchos de los defensores de la libertad dentro de internet estábamos esperando. Los programas P2P (peer to peer) son legales en España.

Pongámonos en antecedentes.

En el año 2008, 4 de las discográficas más importantes del mundo, Sony, Warner, Universal, EMI y su patronal dentro de territorio Español, Promusicae, denunciaron al ingeniero informático Pablo Soto demandando una indemnización de 13 millones de euros por ser el creador de programas que permitían el intercambio de ficheros entre usuarios particulares, ManolitoP2P y Blubster, reivindicando una compensación por los daños causados y por los delitos contra la propiedad intelectual.

En primera instancia el juzgado número 4 de la audiencia provincial de Madrid, encargada del caso desestimó los cargos y condenó al pago de las costas del juicio a los demandantes, y en la lectura de la sentencia que tuvo lugar en 2011 declaró:

La creación de software, sea cual sea la finalidad de éste, no es ilegal sino que representa el derecho a la libre empresa, además ofertar una tecnología P2P avanzada no supone incurrir en actos de expolio ni de aprovechamiento indebido del esfuerzo ajeno y que la actividad del demandado tampoco supone un acto de obstaculización al negocio de las discográficas.

Tras el varapalo sufrido y tras años de litigios, los demandantes han decidido retirar la denuncia aún habiendo declarado que los programas de intercambio de ficheros eran armas de destrucción masiva. Es como denunciar al fabricante de un automóvil cuando éste se vea involucrado en un atropello con fuga. Este hecho convierte en firme la sentencia aplicada anteriormente absolviendo al acusado y crea un antecedente y una jurisprudencia que podrá ser aplicable en otros muchos casos abiertos de similar temática.

El demandado, Pablo Soto, y su abogado siempre han sostenido que el acusado simplemente desarrolló una herramienta y que la puso a libre disposición de los usuarios, pero luego lo que cada uno hiciera con ella no era responsabilidad del creador. Tras conocerse los resultados declararon mediante una nota de prensa que:

La sentencia sienta un antes y un después en las batallas judiciales de las discográficas que intentan frenar la innovación para preservar un modelo de negocio caduco y así se abre un nuevo futuro para el desarrollo de herramientas de éste tipo dentro de nuestras fronteras.

Queremos felicitar al señor Pablo Soto y a sus abogados por su reciente victoria y esperamos que los duques del expolio, los representantes de discográficas y productoras, dejen de intentar aprovecharse del humilde ciudadano, porque si no nos consiguen sacar el dinero con estratosféricos precios para entrar a una sala de cine y luego decepcionarnos al ver lo que nos tienen montado, lo intentan a través de webs y desarrolladores de software a los que deberían pagar una buena cantidad de sus salarios puesto que hacen una publicidad gratuita de sus creaciones y que si fueran de mejor calidad la gente estaría dispuesta a pagar por ir a ver a una sala de cine o comprar los discos originales de sus cantantes favoritos